Calculadora de horas extras de California

Calcular las horas extras en California

¿No está seguro de cómo calcular las horas extras en California? Esta herramienta sencilla y fácil de usar simplifica el proceso, ayudando tanto a los empleadores como a los empleados en California a determinar con precisión las horas extras trabajadas.

Calculadora de horas extras de California

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Dato rápido:

“Según la ley de California, si trabaja para una empresa de fuera del estado pero trabaja dentro del estado de California, se le debe pagar de acuerdo con la ley de horas extras de California”.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se deben pagar las horas extras en California?

En California, los empleados no exentos ganan 1,5 veces su tarifa de pago regular por las horas trabajadas que superen las 8 en un día o las 40 en una semana laboral, y por las primeras 8 horas en el séptimo día consecutivo en una semana laboral. El tiempo doble (2 veces la tarifa regular) se aplica a las horas trabajadas que superen las 12 en un día o las 8 en el séptimo día consecutivo.

En California, la mayoría de los empleados no exentos son elegibles para el pago de horas extras, incluidos ciertos trabajadores asalariados que no cumplen con los criterios de exención basados en las funciones laborales y la compensación (por ejemplo, ganar menos de $68.640 anuales en 2025 para puestos profesionales, ejecutivos o administrativos).

La ley de California exige que los empleadores paguen a los empleados no exentos por todas las horas trabajadas, incluidas las horas no autorizadas, si el empleador sabía o debería haber sabido sobre el trabajo. Los empleadores pueden disciplinar a los empleados por violar la política, pero aún deben compensar todo el tiempo trabajado.

Si su jefe en California no le está pagando las horas extras, tiene varias formas de abordarlo. Puede comenzar presentando un reclamo salarial ante la División de Cumplimiento de Normas Laborales (DLSE) utilizando su Formulario 1, que puede enviar en línea o por correo para recuperar los salarios, intereses y sanciones no pagados en virtud de la Sección 1194 del Código Laboral de California.

Otra opción es comunicarse con la Oficina del Comisionado Laboral de California; podrían intervenir para investigar o ayudar a resolver las cosas. Si la cantidad adeudada es de $12.500 o menos, puede llevarlo a la corte de reclamos menores por su cuenta; para reclamos mayores, contratar a un abogado laboral para ir a la corte superior podría obtenerle más, como daños adicionales.

Asegúrese de guardar pruebas sólidas (talones de pago, hojas de tiempo, correos electrónicos o mensajes de texto con su empleador) para respaldar su caso. Si su empleador intenta castigarlo por hablar, puede denunciarlo ante la DLSE o el Departamento de Trabajo de los EE. UU., ya que tanto la ley de California como la Ley de Normas Justas de Trabajo (FLSA) lo protegen contra las represalias.

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